Calculadora gratuita

Calculadora de finiquito e indemnización

Calcula lo que te corresponde al terminar tu relación laboral: salario pendiente, vacaciones, pagas o prestaciones proporcionales, y la indemnización según el tipo de baja.

Total estimado a percibir

Cómo se calcula en España

El finiquito (salario pendiente, vacaciones no disfrutadas y parte proporcional de pagas extra) se paga siempre, sea cual sea el motivo de la baja. La indemnización solo aplica en despidos, y su cuantía depende del tipo:

  • Despido objetivo/procedente: 20 días de salario por año trabajado, tope 12 mensualidades.
  • Despido improcedente: 33 días por año trabajado desde el 12/02/2012 (tope 24 mensualidades), o 45 días/año si tu contrato es anterior a esa fecha para esa parte de tu antigüedad (tope 42 mensualidades).
  • Fin de contrato temporal: 12 días de salario por año trabajado.
  • Baja voluntaria o despido disciplinario procedente: sin indemnización, solo finiquito ordinario.

La indemnización por despido está exenta de IRPF hasta el importe legalmente obligatorio; el resto del finiquito tributa como salario. Este cálculo no incluye salarios de tramitación ni condiciones mejoradas por convenio colectivo.

Preguntas frecuentes

¿Este resultado es exactamente lo que me van a pagar?

No necesariamente. Es una estimación basada en los mínimos legales y en los datos que introduces. Tu convenio colectivo, contrato individual o acuerdo de conciliación pueden mejorar estas cantidades. Además, este cálculo no incluye salarios de tramitación (España) ni PTU u otras prestaciones específicas de tu empresa (México).

¿Cómo sé si mi despido es improcedente u objetivo/procedente?

Depende de si la empresa acredita correctamente la causa alegada y cumple los requisitos formales. Si tienes dudas sobre la calificación de tu despido, lo más seguro es consultar con un abogado laboralista antes de firmar cualquier documento.

¿Qué pasa si mi contrato en España empezó antes de 2012?

Para un despido improcedente, la parte de tu antigüedad anterior al 12 de febrero de 2012 se indemniza a 45 días por año (tope 42 mensualidades) y la posterior a 33 días por año (tope 24 mensualidades) — esta calculadora ya aplica ese cálculo mixto automáticamente según la fecha de inicio que introduzcas.